Marco
legal:
-Articulo
1° OBJETIVOS: El presente código tiene como objetivos de interés publico
fomentar la explotación técnica y la explotación de los recursos mineros de propiedad estatal y privada; estimular estas
actividades en orden a satisfacerlos requerimientos de la demanda interna y
externa de los mismos y a que su aprovechamiento se realice en forma armónica
con los principios y normas de explotación racional de los recursos naturales
no renovables y del ambiente dentro de un concepto integral de desarrollo
sostenible y del fortalecimiento económico y social de el país.
-Articulo
2° AMBITO MATERIAL DEL CODIGO: El presente código regula las relaciones jurídicas
del estado con los particulares y las de estos entre si, por causa de los
trabajos y obras de la industria minera en sus frases de prospección, exploración,
construcción y montaje, explotación, beneficio, Transformación, Transporte
& Promoción de los minerales que se encuentren en el suelo o el subsuelo,
ya sean de propiedad nacional o de propiedad
privada. Se excluyen la exploración y explotación de hidrocarburos líquidos
y gaseosos que se regiran por las disposiciones especiales sobre la materia.